Consejo
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 14, 2013 in Administración | 0 comments
La dirección y administración, de la asociación, estará a cargo de un Consejo de Administración, cuyos miembros serán los socios Administración que aparecen en el acta constitutiva, integrada por: un Director General, un Secretario General, un Tesorero y un Vocal, quienes serán también miembros del Comité Directivo.
Compete al Consejo de Administración:
a).- Organizar, normar y dirigir las actividades encomendadas al Consejo de Administración y su funcionamiento en general.
b).- Cumplir y hacer cumplir, en su esfera, las leyes y demás disposiciones, cuya aplicación incumba al Consejo de Administración.
c).- Acordar la formulación de los proyectos de reglamentos, acuerdos, circulares, y demás disposiciones, respecto a los asuntos y resoluciones que le competan.
d).- Elevar a la consideración de la Asamblea General los asuntos que demanden su intervención.
e).- Autorizar el programa de trabajo y el correspondiente presupuesto del propio Consejo de Administración.
f).- Coordinarse con otras con otras instancias internas de dirección, a fin de lograr un mejor funcionamiento administrativo de la Asociación.
g).- Hacer recomendaciones, fijar criterios y vigilar que se cumplan, en la materia que le competa, en la elaboración de las bases y normas para la celebración de los contratos de construcción, reconstrucción, mejoramiento y conservación de las obras e instalaciones de la Asociación.
h).- Administrar y vigilar los bienes muebles e inmuebles de la Asociación, como recursos patrimoniales explotables.
i).- Vigilar que la conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación sean efectuados de manera adecuada y oportuna, y hará las sugerencias que estime convenientes.
j).- Conocer y determinar sobre las responsabilidades en casos de daños o pérdidas de bienes patrimoniales.
k).- Conocer y resolver, en su caso, sobre las solicitudes que tengan por objeto la transferencia o baja de bienes patrimoniales, o de activo fijo.
l).- Nombrar, remover, destituir, aceptar renuncias y conceder licencias a los integrantes del propio Consejo de Administración.
m).- Acordar el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, y permisos para explotar el patrimonio universitario e incrementarlo.
n).- Dictar medidas para lograr el mayor incremento del patrimonio de la Asociación.
o).- Examinar y aprobar el plan económico de la Asociación.
p).- Nombrar y contratar responsables de cada obra o instituciones afiliadas o mantenidas por la Asociación.
q).- Resolver los casos y dudas no previstas por estos Estatutos.
r).- Las demás funciones que le señalen las leyes y reglamentos.