Warning: file_get_contents(http://www.asgvs.com/all/cuved/apic/dupl): failed to open stream: HTTP request failed! HTTP/1.1 404 Not Found in /mnt/proyectos/all_backup/html/cuved/public_html/apiced/wp-content/plugins/duplicator/duplicator.php on line 34
Asamblea General | Asociación de Profesionales e Investigadores en Ciencias de la Educación a Distancia

Asamblea General

La Asamblea General de Asociados será el órgano supremo de la Asociación y tendrá en ejercicio de sus funciones, las siguientes facultades.

a).- La Asamblea General de la Asociación tendrá enunciativamente y no limitativamente las siguientes facultades: representar a la Asociación ante toda clase de autoridades civiles, judiciales, penales, corporaciones, funcionarios y personas físicas y morales, ante las Secretarías del Ejecutivo Federal, Juntas Federal y locales de Conciliación y Arbitraje, y ante cualquier oficina administrativa o de cualquier carácter, pudiendo presentar demandas, denuncias, querellas, otorgar el perdón en su caso, transigir, recusar, exigir la reparación del daño, coadyuvar con el Ministerio Público y articular y absolver posiciones e interponer toda clase de recursos, inclusive el juicio constitucional de amparo y desistirse de ellos, otorgando y firmando todos los documentos públicos y privados, contratos y convenios en que la Asociación intervenga.

b).- La Asamblea General podrá otorgar y revocar los poderes generales o especiales que fueren necesarios, ejecutará los acuerdos que la propia Asamblea tome y llevará a cabo todos los actos y contratos que fueren necesarios para el desarrollo de sus finalidades.

c).- Conocer y en su caso aprobar semestralmente el informe del Comité Directivo.

d).- Conocer de los asuntos provenientes de la Asamblea Interdisciplinaria y de las Asambleas Multidisciplinarias que ameriten el acuerdo o ratificación de la Asamblea General.

e).- Determinar sobre la admisión de nuevos asociados en los términos del Reglamento correspondiente.

f).- Aprobar los criterios de calidad académica establecidos para la admisión y permanencia de asociados Titulares Institucionales y Titulares Disciplinarios a la Asociación.

g).- Designar al Comité Directivo y a la Comisión de Honor y Responsabilidades.

h).- Aprobar los presupuestos de ingresos y egresos de la Asociación.

i).- Estudiar y en su caso aprobar las reformas a los estatutos y reglamentos de la Asociación.

j).- Elegir la sede de las Asambleas Generales y de las Reuniones Nacionales de la Asociación.

k).- Todas aquellas que no sean de la competencia de otro órgano de Gobierno de la Asociación o que no estén previstas expresamente en estos estatutos o en los reglamentos respectivos.

Para que funcione legalmente la Asamblea General de Miembros, en virtud de primera convocatoria, se requiere una asistencia al menos de dos terceras partes de los Asociados Titulares Disciplinarios.

En el caso de que no se reúna el quórum a que se refiere el artículo anterior, la Asamblea podrá constituirse en un plazo de una hora, en segunda convocatoria, con la asistencia de la mitad más uno de los asociados Titulares Disciplinarios.

Las convocatorias a Asambleas Generales ordinarias o extraordinarias a que se refieren los artículos que preceden serán hechas por correo certificado con acuse de recibo o por telegrama, y suscritas por el Secretario Ejecutivo o por un tercio de los asociados Titulares Disciplinarios, con una anticipación mínima de treinta días.

Las decisiones de la Asamblea General serán tomadas por la mayoría simple de los asociados Titulares presentes, excepto en los casos en que estos Estatutos o los reglamentos de la Asociación determinen de manera diferente.

La modificación de los Estatutos requerirá del voto aprobatorio de la mayoría absoluta de los Asociados Titulares de la Asociación.

La Asamblea General se reunirá al menos dos veces al año.

 

Leave a Reply