Comité Interdisciplinario
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 14, 2013 in Órganos de gobierno | 0 comments
El Claustro Interdisciplinario tendrá un Comité Interdisciplinario, conformado de la siguiente manera:
a).- El Comité Interdisciplinario estará constituido por los coordinadores y los vocales, así como por los profesionales y los investigadores de cada una de los colegios mencionados en el artículo sexagésimo cuarto de estos estatutos.
b).- De las veinte personas que integraran el Comité Interdisciplinario, se nombrará a una de ellas que fungirá como Coordinador, que será miembro del Comité Directivo, y otra como Secretario de dicho Comité.
c).- El Comité Interdisciplinario será elegido por voto directo en Asamblea General.
d).- Tendrán las atribuciones y obligaciones que les asignen, dentro del marco de estos Estatutos, la Asamblea General de la Asociación y la Asamblea Interdisciplinaria.
e).- Sus integrantes deberán ser miembros activos de la Asociación.
f).- Podrán sugerir en toda ocasión nuevos proyectos al Comité Directivo.
g).- El Comité Interdisciplinario se reunirá cuando menos dos veces por año.
El Comité Interdisciplinario, por conducto de su Coordinador, proveerá permanentemente al Consejo de Administración de la Asociación y al Comité Directivo de los informes correspondientes a la estructura y funcionamiento de las instituciones comprendidas en la Asociación, así como de los planes y proyectos que se elaboren para la planeación Interdisciplinaria y Multidisciplinaria, y de los acuerdos de las Asambleas y Comités Interdisciplinarios y Multidisciplinarios.