Medios
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 14, 2013 in Principios | 0 comments
La Asociación realizará sus fines respetando la autonomía de las instituciones miembro y la organización por secciones correspondiente, evitando tendencias de centralización. Los acuerdos tomados en la Asociación sólo tendrán el carácter de recomendaciones y sugerencias y obligarán a las instituciones que lo integran en la medida que estos sean ratificados por sus organismos internos de gobierno.
Para la realización de su objeto, la Asociación podrá:
a).- Adquirir, poseer o administrar, por cualquier concepto, todo género de bienes muebles o inmuebles, y derechos reales necesarios o convenientes para la realización de su objeto social, ajustándose, en materia de bienes raíces, a lo que previene el Artículo 27 de la Constitución General de la República Mexicana y sus leyes reglamentarias.
b).- Celebrar todo tipo de actos jurídicos, convenios, contratos, ejecución de operaciones, otorgamientos de documentos, y en general, la realización de toda clase de actividades necesarias o convenientes para la consecución del objeto de la Asociación, que en ningún caso tendrá por fin obtener lucro. Entre los contratos que podrá celebrar la Asociación estarán los de mandatos, para el otorgamiento de poderes generales o especiales, con o sin facultades de delegación; en el otorgamiento de documentos estarán incluidas, entre otras cosas, las facultades para emitir, girar, aceptar, endosar, avalar y en cualquiera otra forma suscribir títulos de crédito.
c).- Recibir cuotas, donativos, subsidios y contraprestaciones de cualquier clase por los servicios o bienes que la Asociación ofreciere, pero todos los ingresos que perciba, cualquiera que sea su procedencia, se aplicarán íntegramente a sufragar los gastos ocasionados por las actividades que constituyen su objeto, ya que no es una organización de carácter lucrativo.
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Denominación
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 8, 2013 in Denominación | 0 comments
La Asociación se denomina “ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES E INVESTIGADORES EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN A DISTANCIA”, seguida de las palabras Asociación Civil o simplemente de sus siglas “A.C”. Para fines de su abreviación se utilizará la sigla APICED, A. C.
Read MoreDomicilio
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 8, 2013 in Denominación | 0 comments
El domicilio de la asociación será en TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, pero podrá tener oficinas, establecimientos, agencias o sucursales y realizar actividades en cualquier otro lugar de la República Mexicana y aún en el extranjero, sin que por ello se considere cambiado el citado domicilio.
Read MoreDuración
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 8, 2013 in Denominación | 0 comments
La duración de la Asociación será indefinida.
Read MorePatrimonio
Posted by Dr. Arturo Silva Rodríguez on Oct 8, 2013 in Denominación | 0 comments
El patrimonio de la Asociación se formará con el conjunto de bienes, derechos, valores y demás que reciba por donación, herencia, legado y cualquier otro título y por producto de tales bienes.
1.- El patrimonio de la Asociación se forma:
a).- Con el producto de las cuotas de recuperación que se fijen, para realizar algunos de los fines de la Asociación o para adquirir bienes muebles e inmuebles y financieros.
b).- Con los donativos que a título gratuito se hagan a favor de la Asociación.
c).- Con el producto de las actividades que promueva la Asociación para recaudar fondos.
2.- Los fondos que se recauden por los conceptos que se marcan en los incisos a), b) y c) del apartado uno de este artículo, se designarán exclusivamente para cubrir los gastos de administración y sostenimiento de la Asociación, para constituir el fondo de reserva; para realizar los objetivos de la misma y para cubrir los gastos de las actividades que acuerde la Asamblea General.
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