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2013 octubre | Asociación de Profesionales e Investigadores en Ciencias de la Educación a Distancia

Asamblea Multidisciplinaria

Las disciplinas que conformen la Asociación se organizarán en Claustros Multidisciplinarios, uno por cada Área de Conocimiento, de esta forma los Claustros serán:

a) Claustro de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías.

b) Claustro de las Ciencias Biológicas y de la Salud.

c) Claustro de las Ciencias Sociales.

d) Claustro de las Humanidades y de las Artes.

Cada Claustro tendrá una Asamblea Multidisciplinaria, que se conformará por los coordinadores, los secretarios y los vocales de los claustros, así como por un profesional y un investigador, por cada disciplina mencionada en el artículo 11° de estos Estatutos, y conocerá de los siguientes rubros:

a).- De los problemas relacionados con la estructura y funcionamiento de cada una de las disciplinas integrantes del Claustro Multidisciplinario, de la necesaria coordinación de los claustros que lo conforman para la resolución de los mismos y la planeación del ejercicio, la investigación y la enseñanza de las áreas de conocimientos que se cultivan en la Asociación de manera que los problemas que surjan se aborden de manera Multidisciplinaria.

b).- De los procedimientos para unir esfuerzos en una trabajo multidisciplinario con la finalidad de lograr el mejoramiento de los servicios de docencia, investigación, difusión y ejercicio profesional de la de las disciplinas en cada una de las instituciones integrantes de la Asociación.

c):- De la ejecución a nivel de los claustros de los acuerdos y de las propias Asambleas Multidisciplinarias, de la Asamblea General y de los demás órganos de gobierno de la Asociación.

d).- De la elección del Coordinador, Secretario, Vocal, de un profesional y de un investigador en educación a distancia por cada una de los cuatro claustros interdisciplinarios de la Asociación.

La Asamblea Multidisciplinaria deberá reunirse cuando menos dos veces por año.

La Asamblea Multidisciplinaria se regirá por los mismos procedimientos establecidos en estos estatutos para la Asamblea General de la Asociación.

 

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Áreas de Conocimiento

Para cumplir con sus principios y su objeto, las áreas de conocimiento que se incluyen para formar la Asociación son:

a) Área de Conocimiento de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías.

b) Área de Conocimiento de las Ciencias Biológicas y de la Salud.

c) Área de Conocimiento de las Ciencias Sociales.

d) Área de Conocimiento de las Humanidades y de las Artes.

Las disciplinas que inicialmente se incluyen para formar la Asociación, de acuerdo a las áreas de conocimiento establecidas en el artículo anterior, se agrupan de la siguiente manera:

1.- En el Área de Conocimiento de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías:

a).- Matemáticas Aplicadas y Computación.

b).- Ciencias de la Computación.

c).- Ingeniería en Computación.

d).- Ingeniería en Telecomunicaciones.

2.- En el Área de Conocimiento de las Ciencias Biológicas y de la Salud:

a).- Psicología.

b).- Biología.

c).- Medicina.

d).- Cirujano Dentista.

e).- Optometría.

f).- Enfermería.

g).- Ciencias Ambientales.

3.- En el Área de Conocimiento de las Ciencias Sociales:

a).- Actuaría.

b).- Administración.

c).- Ciencias de la Comunicación.

d).- Ciencias Políticas y Administración Pública.

e).- Contaduría.

f).- Derecho.

g).- Economía.

h).- Geografía.

i).- Informática.

j).- Relaciones Internacionales.

k).- Sociología.

l).- Trabajo Social.

4.- En el Área de Conocimientos de las Humanidades y de las Artes:

a).- Artes Visuales.

b).- Bibliotecología.

c).- Diseño y Comunicación Visual.

d).- Diseño Gráfico.

e).- Filosofía.

f).- Historia.

g).- Informática.

h).- Pedagogía.

En el futuro podrán incluirse otras disciplinas que utilizan la enseñanza a distancia para formar recursos humanos en preescolar, primaria, secundaria, bachillerato, licenciatura y posgrado, las cuales serán agrupadas conforme a su área de conocimientos.

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Comité Directivo

Las disciplinas que conformen la Asociación se organizarán en Claustros Multidisciplinarios, uno por cada Área de Conocimiento, de esta forma los Claustros serán:

a) Claustro de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías.

b) Claustro de las Ciencias Biológicas y de la Salud.

c) Claustro de las Ciencias Sociales.

d) Claustro de las Humanidades y de las Artes.

Cada Claustro tendrá una Asamblea Multidisciplinaria, que se conformará por los coordinadores, los secretarios y los vocales de los claustros, así como por un profesional y un investigador, por cada disciplina mencionada en el artículo 11° de estos Estatutos, y conocerá de los siguientes rubros:

a).- De los problemas relacionados con la estructura y funcionamiento de cada una de las disciplinas integrantes del Claustro Multidisciplinario, de la necesaria coordinación de los claustros que lo conforman para la resolución de los mismos y la planeación del ejercicio, la investigación y la enseñanza de las áreas de conocimientos que se cultivan en la Asociación de manera que los problemas que surjan se aborden de manera Multidisciplinaria.

b).- De los procedimientos para unir esfuerzos en una trabajo multidisciplinario con la finalidad de lograr el mejoramiento de los servicios de docencia, investigación, difusión y ejercicio profesional de la de las disciplinas en cada una de las instituciones integrantes de la Asociación.

c):- De la ejecución a nivel de los claustros de los acuerdos y de las propias Asambleas Multidisciplinarias, de la Asamblea General y de los demás órganos de gobierno de la Asociación.

d).- De la elección del Coordinador, Secretario, Vocal, de un profesional y de un investigador en educación a distancia por cada una de los cuatro claustros interdisciplinarios de la Asociación.

La Asamblea Multidisciplinaria deberá reunirse cuando menos dos veces por año.

La Asamblea Multidisciplinaria se regirá por los mismos procedimientos establecidos en estos estatutos para la Asamblea General de la Asociación.

 

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Comité Interdisciplinario

El Claustro Interdisciplinario tendrá un Comité Interdisciplinario, conformado de la siguiente manera:

a).- El Comité Interdisciplinario estará constituido por los coordinadores y los vocales, así como por los profesionales y los investigadores de cada una de los colegios mencionados en el artículo sexagésimo cuarto de estos estatutos.

b).- De las veinte personas que integraran el Comité Interdisciplinario, se nombrará a una de ellas que fungirá como Coordinador, que será miembro del Comité Directivo, y otra como Secretario de dicho Comité.

c).- El Comité Interdisciplinario será elegido por voto directo en Asamblea General.

d).- Tendrán las atribuciones y obligaciones que les asignen, dentro del marco de estos Estatutos, la Asamblea General de la Asociación y la Asamblea Interdisciplinaria.

e).- Sus integrantes deberán ser miembros activos de la Asociación.

f).- Podrán sugerir en toda ocasión nuevos proyectos al Comité Directivo.

g).- El Comité Interdisciplinario se reunirá cuando menos dos veces por año.

El Comité Interdisciplinario, por conducto de su Coordinador, proveerá permanentemente al Consejo de Administración de la Asociación y al Comité Directivo de los informes correspondientes a la estructura y funcionamiento de las instituciones comprendidas en la Asociación, así como de los planes y proyectos que se elaboren para la planeación Interdisciplinaria y Multidisciplinaria, y de los acuerdos de las Asambleas y Comités Interdisciplinarios y Multidisciplinarios.

 

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Comité Multidisciplinario

Cada Claustro Multidisciplinario tendrá una Comité Multidisciplinario, conformado de la siguiente manera:

a).- El Comité Multidisciplinario estará constituido por los coordinadores y los vocales, así como por los profesionales y los investigadores de cada una de las Disciplinas mencionadas en el artículo décimo primero.

b).- De las personas que integrarán el Comité Multidisciplinario, se nombrará a una de ellas que fungirá como Coordinador, que será miembro del Comité Directivo, y otra como Secretario de dicho Comité.

c).- El Comité Multidisciplinario será elegido por voto directo en Asamblea General.

d).- Tendrán las atribuciones y obligaciones que les asignen, dentro del marco de estos Estatutos, la Asamblea General de la Asociación y la Asamblea Multidisciplinaria.

e).- Sus integrantes deberán ser miembros activos de la Asociación.

f).- Podrán sugerir en toda ocasión nuevos proyectos al Comité Directivo.

g).- El Comité Multidisciplinario se reunirá cuando menos dos veces por año.

Los Comités Multidisciplinario, por conducto de su Coordinador, proveerá permanentemente al Comité Interdisciplinario de los informes correspondientes a la estructura y funcionamiento de las instituciones comprendidas en la Asociación, así como de los planes y proyectos que se elaboren para la planeación Multidisciplinaria, y de los acuerdos de las Asambleas Multidisciplinarias.

 

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